Casa Generalicia – El Consejo de Abad General

octubre 30, 2019 2:44 pm

Duración del mandato de un Consejero/Consejera del Abad General que sustituye a otro que debe cesar en su servicio.

 Cuando el Abad General consultó, en mayo y septiembre de 2018, a las Regiones afectadas por la dimisión de Madre Regina y Dom Santiago-Maria, mencionó que el mandato de quienes les reemplazarían terminaría en el Capítulo General de 2020.

Sin embargo, la Comisión de Derecho ha estudiado la situación y constata que, hasta ahora, cuando se había producido un caso similar, los/las sustitutos/sustitutas habían completado el mandato de aquellos a los que habían reemplazado (véase el informe de la Comisión de Derecho – Scourmont 2019, págs. 5-7).

En la reunión del 18 de octubre, el Abad General y su Consejo estuvieron de acuerdo en que se mantuviera la práctica hasta ahora en vigor. En consecuencia, el mandato de Madre Rachel se terminará en el Capítulo de 2023 (al final del mandato de Madre Regina), y el de Dom Juan José en el próximo Capítulo de 2020, porque Dom Santiago-María fue el quinto miembro que había sido elegido por el Abad General y los Consejeros presentes, por 3 años, en el Capítulo de 2017.

La Comisión de Derecho ha propuesto la adición de un ST 84.1.A.Ter que no aporta nada nuevo, pero clarifica la situación. Se tomará la decisión de introducir el siguiente texto en nuestras Constituciones:

ST 84.1.A.Ter:

Si un miembro del Consejo del Abad General presenta su renuncia entre dos Capítulos Generales, es responsabilidad del Abad General aceptar su renuncia, con el consentimiento de su Consejo.
               En este caso, y cuando el cargo de Consejero/a queda vacante por cualquier otra razón, es responsabilidad del Abad General nombrar a un/una sustituto/a para que complete su mandato.